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Perspectiva Legal

Perspectiva Legal - mayo 2012

Fecha: 2 mayo 2012

 

                                                                     

Bienvenidos a una nueva edición del Perspectiva Legal, nuestra publicación mensual en materia laboral, fiscal y de previsión social. Nuestro objetivo es proporcionarles información de interés que le ayude y le aporte valor añadido en su actividad profesional. 

En este número

Los primeros meses de aplicación de la reforma laboral 

    
Después de más de dos meses ya desde la entrada en vigor de la Reforma Laboral, han sido múltiples las cuestiones y reacciones que se han planteado sobre la misma y sus efectos en las relaciones laborales en nuestro país. Lo único que resulta evidente es que la reforma laboral no ha dejado indiferente a nadie y que es y continuará siendo objeto de debate entre los profesionales de los distintos ámbitos del derecho laboral
               

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La prohibición de aportaciones a planes de pensiones y seguros en el sector público 2012 

     

El Real Decreto-ley 20/2011 introduce la prohibición para los organismos, entidades y empresas del sector público de efectuar aportaciones en 2012 a Planes de Pensiones y contratos de seguro colectivos que cubran la contingencia de jubilación.La aplicación sin más de la prohibición produce problemas y plantea incógnitas indeseadas que resulta difícil creer que estuvieran en el ánimo del legislador al aprobar la norma.

        

Por ello, diversas instancias han apelado al Ministerio de Economía y Competitividad para que se reconsidere la prohibición, pero de momento ésta vuelve a recogerse en los mismos términos en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2012.
           

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Breves 

Subsidio de desempleo para mayores de 52 años. La indemnización legal por despido y el importe de las cuotas del convenio especial con la Seguridad Social abonadas por el empresario no computan como renta a los efectos de comprobar si se supera el 75% del SMI, lo que impide el acceso -o determinaría el cese en el disfrute- al subsidio de desempleo del nivel asistencial para mayores de 52 años. STS, 07.03.2012

   

La duración del permiso por hospitalización de familiares finaliza con el alta médica y no con el alta hospitalaria. El alta hospitalaria no determina, por si misma, la finalización de la licencia retribuida por hospitalización de familiares prevista en el convenio colectivo, pues los requisitos exigidos para su concesión persisten hasta que se produzca el alta médica. STS, 05.03.2012

     

Entran en vigor los Convenios entre el Reino de España y la República de Armenia y entre el Reino de España y la Región Administrativa Especial de Hong Kong para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio, hechos respectivamente en Madrid el 16 de diciembre de 2011 y el 1 de abril de 2011. BOE, 17.04.2012 y BOE, 14.04.2012

       

Amnistía fiscal para rentas no declaradas. Se aprueba una medida extraordinaria por la que los contribuyentes del IRPF, IS e IRNR, tienen la oportunidad de regularizar sus bienes y derechos no declarados, mediante la presentación de una declaración confidencial y el ingreso de un gravamen del 10% de su importe o valor de adquisición. RDL 12/2012 disp.adic.1ª, BOE, 31.03.2012

       

Los datos del Servicio de Medición de Fondos de Pensiones PIPS (Pension Investment Performance Service) de Mercer muestran que la rentabilidad mediana estimada de los fondos de pensiones de Empleo durante el mes de marzo fue del 0,1%, lo que permite encadenar cuatro meses con rentabilidades positivas. En el acumulado del año, el rendimiento de estos fondos alcanza el 4,8%, mientras que en los últimos doce meses presentan una rentabilidad mediana estimada del 2,7%. Informe PIPS de Mercer, 10.04.2012

       

Se podrá rescatar el plan de pensiones para hacer frente al embargo de la vivienda. El reglamento de desarrollo de la nueva Ley de Supervisión de Seguros recogerá la posibilidad de que quien cuente con un plan de pensiones pueda rescatarlo anticipadamente para evitar el embargo de su vivienda con las siguientes condiciones: que el partícipe no posea otros bienes que puedan utilizarse como garantía ante el embargo de la vivienda habitual y que los fondos del plan de pensiones sean suficientes para evitar el desahucio. También se pretende incluir otras novedades como la posibilidad de que, de forma excepcional, las gestoras de planes de pensiones puedan suspender, total o parcialmente las aportaciones, las prestaciones y las movilizaciones del ahorro, previa autorización del órgano de control. Asimismo, al DGSFP también ha contemplado la posibilidad de adoptar medidas de control especial sobre un fondo de pensiones cuando haya una falta de liquidez de los activos en que esté invertido. BDS, 30.04.2012

   


FE DE ERRATAS


 

En el artículo acerca de la publicación de la "LEY 5/2012, de 23 de FEBRERO SOBRE ENTIDADES DE PREVISIÓN SOCIAL VOLUNTARIA", donde dice
 
"se elimina la posibilidad de rescatar una vez transcurrido el plazo de diez años, manteniéndolo únicamente para aquellos socios de EPSVs individuales o asociadas cuya primera aportación tenga una antigüedad superior a dicho período y siempre por la cuantía acumulada hasta la entrada en vigor de la presente ley."

 

debe decir:

 

"se elimina la posibilidad de rescatar una vez transcurrido el plazo de diez años, manteniéndolo únicamente para aquellos socios de EPSVs individuales o asociadas cuya primera aportación tenga una antigüedad superior a dicho período. Excepcionalmente, en las EPSV de empleo, se mantendrá el derecho de rescate  pero  únicamente en los casos en que ya estuviera contemplado  y sólo para  los socios que tuvieran esta condición y por la cuantía acumulada hasta la entrada en vigor de la presente ley."

   


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Reforma Laboral

   

    

La reciente aprobación del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, ha introducido modificaciones legislativas que afectan de forma decisiva, en diversos aspectos, al día a día de nuestras empresas. La nueva normativa, prolija en su contenido, establece cuestiones absolutamente novedosas y de tal calado que darán un vuelco al contenido de las relaciones laborales en nuestro país.

   

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